Durante la semana pasada los Dirigentes del Sindicato se reunieron con el Área de Recursos Humanos y Área Legal de la Compañía. El objetivo fue analizar la decisión de la empresa de dar término al teletrabajo del personal y que vuelvan de manera presencial a las oficinas de Antofagasta y Santiago.
La reunión fue solicitada por el sindicato para entender de mejor forma los motivos que tuvo la Compañía para tomar la decisión.
Desde la compañía acotaron que el teletrabajo era una modalidad que se daba solamente por la contingencia de pandemia y que se retomaría el trabajo presencial una vez que el Ministerio de Salud lo permitiera.
Dada las condiciones, la empresa comentó que el regreso a las oficinas parte el mes de junio y se están haciendo los preparativos para poder permitir que se haga de una manera normal, cumpliendo todos los protocolos sanitarios para seguir protegiendo a todos los trabajadores de eventuales contagios por covid.
Al respecto, el Presidente del Sindicato, Sergio Thompon, señaló que “En relación a lo anterior, preguntamos por algunas personas que están en teletrabajo cuyas situaciones en el tiempo se han complicado para volver al trabajo presencial. Sobre ello, se nos informó que la Compañía está coordinando todo para que esas personas, amparadas en la ley, tengan la condición de poder permanecer en teletrabajo y puedan hacer saber su situación a la compañía a través del subgerente de área y comunicarse con Recursos Humanos para poder mantenerse en la modalidad de teletrabajo”. finalizó.
Para complementar, el Asesor Jurídico del sindicato, Nicolás Guzmán, destaca que hay dos aspectos con relevancia: El primero de ellos es que el Sindicato reconoce que la Compañía tiene la facultad de poner término a la modalidad de teletrabajo y hacer que retornen a modalidad presencial.
“Somos conscientes que esta facultad existe, así está en los anexos de contratos que suscribieron nuestros trabajadores, especialmente en la cláusula décima del mismo, y en consecuencia, esto se enmarca dentro de las facultades que la compañía tiene”, afirma Guzmán.
“Sin perjuicio de lo anterior, para nosotros es de vital importancia que este retorno a modalidad presencial se materialice con total observancia del ordenamiento jurídico vigente y con el absoluto respeto de los derechos fundamentales de nuestros trabajadores”, añade.
Guzmán puntualiza que en ese sentido, “cobra importancia lo dispuesto en la Ley 21.391 que entró en vigencia en noviembre del 2021 y que incorporó al Código del Trabajo un nuevo artículo, el 206 Bis, en el cual se establecen ciertas situaciones especiales y acotadas, en virtud de las cuales, a medida que nos mantengamos en Estado de Excepción Constitucional o de Alerta Sanitaria, que es el que tenemos hoy por la pandemia, los trabajadores que se encuentren dentro de estas situaciones, puedan mantenerse en teletrabajo. Y en consecuencia, el empleador tiene el deber de ofrecerles esta modalidad”.
Explica también que se trata de situaciones muy acotadas y muy especiales, y que en un análisis interno de la directiva, se muestra que probablemente son muy pocos socios del sindicato las que estarían en esas situaciones y por ende, podrían acogerse a este artículo.
“De todas maneras, aunque sean pocas, es importante conocer la situación particular de cada uno de nuestros socios que están en teletrabajo, y también es importante que los socios y socias puedan conocer los alcances y contenidos de esta normativa”, complementa el Asesor Jurídico.
La pregunta que cabe responder, es ¿cuáles son estas situaciones particulares y cómo sabrán identificarlas? Para esta respuesta, se cita a los socios y socias a las jornadas de asambleas que comienzan este lunes a las 21 horas.